miércoles. 05.02.2025
ADMISIÓN TEMPORAL (CARTA VERDE ADUANA, AHORA ES BLANCA Y EN FORMA DE TARJETA)

La Administración de Aduanas y de Impuestos Indirectos actualiza las sanciones por superar el plazo de la Admisión Temporal de vehículos

/ El régimen de Admisión Temporal permite a sus titulares residentes en el extranjero utilizar su vehículo en Marruecos sin pagar derechos de aduana. Sin embargo, deben respetarse normas precisas y se prevén fuertes multas en caso de infracción

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Un mes de exceso puede significar 1000 DM de multa.  Un exceso de 6 meses se eleva a 10000 DM. Circular por el país con la AT caducada implica fuertes sanciones. En el caso de que el vehículo no pueda salir del país, se deberá solicitar una prórroga en la oficina de Aduanas más cercana. Su concesión implica condiciones estrictas

La norma establece que un vehículo con Admisión Temporal (AT) puede permanecer en el país un máximo de 180 días, es decir, 6 meses. Alcanzada esa fecha,  el titular de la AT tiene dos opciones: 1.- Realizar una importación definitiva del vehículo, lo que implica el pago de derechos e impuestos. 2.- Salir del país y permanecer fuera seis meses para poder volver a solicitar una nueva entrada temporal. Es importante señalar que mientras el vehículo esté en régimen de AT no puede ser vendido ni prestado, así como que únicamente puede conducirlo el titular de la AT.

Ceuta y Melilla

Los residentes en Ceuta y Melilla gozan de ciertas ventajas, así como algunos inconvenientes. Son los siguientes:

Los ceutíes, a diferencia del resto, pueden renovar su AT una vez alcanzados los 6 meses, no teniendo que permanecer fuera 6 meses como tienen que hacer el resto de extranjeros. Sin embargo, los vehículos matriculados en Ceuta y Melilla no tienen la opción de realizar importación definitiva, es decir, los vehículos no pueden  ser importados ni vendidos en Marruecos.

Los vehículos matriculados en Ceuta y Melilla no están obligados a dar de baja la AT cada vez que cruzan desde Marruecos hacia las dos ciudades. Pueden hacerlo si así es su voluntad, pero no existe obligación.

Para la Administración de Aduanas de Marruecos los vehículos matriculados en Ceuta y Melilla, en tanto en cuanto no se den de baja en la AT, a todos los efectos están en Marruecos. Los ceutíes con AT gozan de otras ventajas importantes, tales como poder coger un avión o barco teniendo una AT en vigor, con un mínimo de vigencia de 15 días, opción que tienen prohibida los ciudadanos extranjeros con AT, incluidos los ciudadanos marroquíes residentes en el extranjero (MRE)

Otra de las grandes ventajas de la que gozan los ceutíes con AT es que alcanzado el tiempo máximo, seis meses, pueden seguir circulando por las carreteras del país, especialmente por las del norte cercanas a la ciudad, no así por las del sur, pues podrían aplicarles el protocolo de “Falta de Vigencia”. El tiempo estimado para circular con AT caducada no debe superar los 7 días.

En caso de pérdida de la tarjeta de AT se podrá obtener un duplicado en la aduana más cercana, previa presentación de una declaración jurada. Esta tarjeta, incluso en duplicado, no sustituye a los documentos de tráfico habituales (tarjeta de matrícula, seguro, etc.).

No hay que olvidar que los vehículos matriculados en Ceuta y Melilla con AT no pueden ser conducidos por personas ajenas al titular de la AT.

La Administración de Aduanas y de Impuestos Indirectos actualiza las sanciones por...